Tenaris y la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT) ¹ convocan a
empresas pymes industriales argentinas a participar de la quinta edición del “Premio Tenaris al
Desarrollo Tecnológico Argentino”.
El objetivo del concurso es promover y estimular el desarrollo y la innovación tecnológica de pymes
industriales nacionales que realicen proyectos vinculados a los sectores metalmecánico, energético,
petroquímico, minero, autopartista y siderúrgico. Además, busca contribuir a la vinculación del sector
científico con el productivo, facilitando la transferencia tecnológica a las pymes participantes.
La iniciativa se enmarca, desde el sector privado, en la apuesta de Tenaris a la Investigación y
Desarrollo como factor de liderazgo. También está en línea con las acciones que se desarrollan dentro
del programa corporativo ProPymes de la Organización Techint, que promueve la competitividad de
las pymes y apunta a fortalecer el tejido industrial argentino. Desde el sector público, el Premio se
enmarca en la misión de la ANPCyT de promover la investigación científica y tecnológica y la
innovación para la generación de conocimiento y la mejora de los sistemas productivos y de servicios. |
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| ¹Organismo nacional dependiente del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, dedicado a la promoción de
actividades relacionadas a la ciencia, tecnología e innovación productiva. |
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| Convocatoria |
Tenaris y la ANPCyT llaman a concurso a pymes industriales argentinas para seleccionar los mejores
proyectos de desarrollo tecnológico vinculados a los sectores metalmecánico, energético, petroquímico,
minero, autopartista y siderúrgico, o relacionados con la cadena de valor de estos sectores, con
factibilidad de concreción económica e industrial.
Tenaris subsidiará a las empresas que presenten los dos mejores proyectos con un premio
económico que se destinará a la efectiva ejecución de los trabajos. |
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| Participantes |
A los fines de este concurso, podrá presentar proyectos toda empresa pyme radicada en la
República Argentina. La pyme deberá tener capitales mayoritariamente argentinos y no
facturar más de $ 60.000.000 por año, según disposición 147/2006 de la Subsecretaría de la
Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional.
No podrán presentarse aquellas empresas que pertenezcan a grupos empresarios o sean controladas por
otra sociedad no pyme.
Una misma empresa podrá participar presentando más de un proyecto, aunque sólo uno podrá ser
premiado. |
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| Proyectos elegibles |
Se considerarán admisibles dentro del concurso los proyectos cuyo objetivo de trabajo sea:
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Investigación aplicada: trabajos destinados a adquirir conocimientos para su aplicación práctica en la producción y/o comercialización. |
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Investigación tecnológica precompetitiva: trabajos sistemáticos de profundización de los conocimientos existentes derivados de la investigación y/o la experiencia práctica, dirigidos a la producción de nuevos materiales, productos o dispositivos, y al establecimiento de nuevos procesos, sistemas o servicios, incluyendo la fase de construcción de prototipos, plantas piloto o unidades demostrativas, finalizando con la homologación de los mismos. |
| • |
Modificación o mejora de tecnologías de productos, de mayor valor agregado y/o grado de diferenciación que posibiliten competir en el mercado interno e internacional. |
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Modificación o mejora de tecnologías de procesos productivos que incrementen la productividad de las empresas. |
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| Criterios de selección y evaluación |
Un jurado de tres miembros, constituido por prestigiosos especialistas argentinos en el área temática del concurso, designado por Tenaris conjuntamente con la ANPCyT, evaluará las propuestas y seleccionará a las ganadoras de acuerdo a la calidad, pertinencia, factibilidad y viabilidad técnica y económica de los proyectos.
Dependiendo de los temas y cantidad de proyectos presentados, el jurado podrá sugerir a los organizadores hacer consultas a especialistas.
La decisión del jurado será inapelable.
Se priorizará aquellos proyectos:
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Con mayor grado de originalidad e innovación tecnológica. |
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Con factibilidad de concreción económica e industrial. |
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Que utilicen o transformen el acero en cualquiera de sus formas. |
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Que impacten favorablemente en las condiciones de trabajo, la comunidad, el medio ambiente y en la cadena de valor de la pyme. |
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Que posibiliten la sustitución de importaciones y/o el acceso a mercados de exportación. |
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Que impliquen un crecimiento en la capacidad instalada de la empresa. |
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| Monto del premio |
Tenaris, a través de Siderca SAIC, destinará la suma de $100.000 (pesos cien mil) a modo de subsidio no reembolsable destinado a contribuir con la ejecución de los proyectos ganadores.
Primer premio: $75.000 (pesos setenta y cinco mil). El 20% del premio ($15.000, pesos quince mil) se efectivizará a través de servicios científico-tecnológicos provistos por instituciones integrantes de la Red Tecnológica Argentina (RTA)².
Segundo premio: $25.000 (pesos veinticinco mil). El 20% del premio ($5.000, pesos cinco mil) se efectivizará a través de servicios científico-tecnológicos provistos por instituciones integrantes de la RTA.
A modo de ejemplo, los servicios de las instituciones integrantes de la RTA se podrán utilizar para el desarrollo, la realización de prototipos, ensayos, homologaciones, certificaciones de calidad, registros de patentes o modelos de utilidad, capacitación de recursos humanos e incorporación de pasantes y/o profesionales universitarios para la implementación del proyecto.
El monto correspondiente al 50% (cincuenta por ciento) de la suma total del subsidio será entregado a los ganadores dentro de los 20 días posteriores a que éstos informen a los organizadores los datos bancarios que se les soliciten, los que se incluirán en un acta a firmar entre las partes.
El saldo final será entregado en cada caso previa presentación de un informe de avance y justificación de los gastos efectuados hasta ese momento.
El plazo establecido para solicitar el total de los fondos no podrá exceder los 12 meses a partir de la fecha de adjudicación de los premios.
Ambas empresas ganadoras tendrán la obligación de presentar a los organizadores, transcurridos 15 meses desde la adjudicación, un breve informe final que incluya un resumen del destino del subsidio, de desempeño y aplicación. |
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| ² La Red Tecnológica Argentina (RTA) está integrada por instituciones nacionales de promoción, ejecución y transferencia de Ciencia y Tecnología, como INTI, INTA, INPI, INTEA, INVAP, IRAM, CONICET, CIC, CEMIC, CITEFA, CNEA, ITBA, y Red Vitec de universidades nacionales, entre otras. |
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| Plazos y fechas |
Lanzamiento del concurso: 11 de agosto de 2009.
Presentación de proyectos: 21 al 23 de octubre de 2009.
Fecha de adjudicación: 16 de noviembre de 2009, informándose nombre de los ganadores por medio fehaciente (sitio web del Premio y diarios nacionales).
La entrega de premios se hará en el marco de un evento público, cuya fecha se informará oportunamente.
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| Formulario para la presentación de los proyectos |
Los formularios estarán disponibles desde el 11 de agosto de 2009 en el sitio web del Premio (www.premio.tenaris.com) y en el de la ANPCyT (www.agencia.gob.ar).
A los efectos de esclarecer dudas sobre estas bases, o para completar el formulario citado, enviar consultas a la siguiente dirección de e-mail: premioedicion2009@tenaris.com. |
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| Lugar y condiciones de presentación de los proyectos |
Los formularios se presentarán por duplicado, en dos sobres consignando tema “Premio Tenaris al Desarrollo Tecnológico Argentino”, con firma original en ambos ejemplares, en el piso 23 del edificio Carlos Pellegrini, en Av. L. N. Alem 1067, Capital Federal (CP 1001), de 10 a 13 hs. y de 14 a 17 hs. Podrán entregarse desde el miércoles 21 hasta el viernes 23 de octubre de 2009. Asimismo, se deberá incluir en cada sobre un CD con las versiones digitales de los formularios.
Las presentaciones originales pueden ser también remitidas por correo postal a la dirección citada anteriormente, hasta la fecha de cierre indicada, verificándose la misma a través del matasellos o recibo expedido por el correo. En este caso también deberá enviarse el CD con la versión electrónica de la presentación. |
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| Propiedad de los resultados |
Las empresas ganadoras serán propietarias de los resultados que se obtengan como consecuencia de los desarrollos tecnológicos involucrados en este concurso, ya sea que puedan tener registro legal de propiedad intelectual o industrial, o de lo contrario, que puedan adquirir importancia económica en el proceso productivo o comercial.
Los organizadores garantizan la absoluta confidencialidad de la documentación presentada, desde su recepción hasta su devolución posterior a la evaluación. |
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| Otras consideraciones generales |
| 1 |
El solo hecho de participar en el “Premio Tenaris al Desarrollo Tecnológico Argentino” significa que el participante conoce y acepta en su totalidad las presentes bases y condiciones. La aceptación de estas bases y condiciones del concurso implica una declaración jurada de que toda la información suministrada por el concursante es fidedigna. |
| 2 |
Los proyectos que a juicio del jurado no puedan participar, por no estar de acuerdo con las presentes bases, serán desestimados y devueltos inmediatamente. |
| 3 |
Los organizadores se reservan el derecho de admisión y de interpretar los términos y alcances de estas bases y condiciones, siendo su decisión inapelable. El eventual rechazo de un proyecto no dará derecho a reclamo alguno. |
| 4 |
Los organizadores quedan facultados para resolver sobre aspectos no contemplados en estas bases, así como respecto de todas las cuestiones que puedan suscitarse con motivo de este concurso, sin que quepa contra ella recurso o acción de cualquier tipo. |
| 5 |
Los proyectos no ganadores podrán ser retirados por los participantes sin ningún compromiso remunerativo por parte de los organizadores, dentro de los 30 días posteriores a la fecha de adjudicación. Transcurrido dicho plazo, los mismos serán destruidos. |
| 6 |
El carácter de este Premio es el de cooperar con los desarrollos tecnológicos de empresas pymes, por lo que proyectos que ya fueran beneficiados con otro premio o que hayan obtenido algún subsidio o financiamiento de alguna institución, y aun no se haya terminado su implementación productiva, también serán considerados elegibles. |
| 7 |
Las empresas ganadoras del Premio deberán acceder a la promoción de la adjudicación del concurso. Por otra parte, la promoción del contenido del proyecto será exclusivamente con autorización previa de la empresa ganadora. |
| 8 |
Los participantes serán los únicos responsables legales por el contenido de la obra presentada. Los titulares de los proyectos presentados liberarán de responsabilidad y mantendrán indemne a los organizadores frente a cualquier reclamo de terceros originados por la presentación efectuada. |
| 9 |
Si cualquier cláusula o disposición de estas condiciones generales fuera inválida, ilegal o no pudiera exigirse su cumplimiento en razón de una disposición legal o de orden público, las demás cláusulas y disposiciones permanecerán en plena vigencia y efecto, y dicha cláusula o disposición inválida, ilegal o inexigible será reformada por los organizadores de forma tal de ajustarse a la ley aplicable o al orden público, e implementar lo más fielmente posible su intención original. |
| 10 |
No se considerará que los organizadores hayan renunciado a un derecho aquí establecido a su favor, salvo que exista documento por escrito firmado por sus representantes legales. Ninguna renuncia a cualquiera de las disposiciones de estas condiciones generales será considerada o constituirá una renuncia a cualquier otra disposición, sea o no similar. La omisión o demora de los organizadores en el ejercicio de cualquier derecho, facultad o privilegio no operará como una renuncia a estos, ni cualquier ejercicio singular o parcial de ellos impedirá cualquier otro ejercicio o posterior ejercicio de ellos o el ejercicio de cualquier otro derecho, facultad o privilegio. |
| 11 |
Para toda comunicación o consulta que se necesite establecer con la empresa participante, los organizadores se dirigirán al representante designado en el formulario de inscripción (Sección A, ítem 5). |
| 12 |
Para todos los efectos de las presentes condiciones generales, los participantes se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y renuncian a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder. |
| 13 |
Las presentes condiciones generales, su interpretación, validez y ejecución serán regidos por las leyes de la República Argentina. |
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